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La justeza del precio de las ventas de bienes raíces o similares, diferentes a bienes, da lugar a la revisión del precio cuando se desborda por encima o por debajo del real.

Tres pilares de la prueba judicial




La pertinencia, la conducencia y la utilidad de la prueba 

Toda decisión judicial debe fundarse en las pruebas regular y oportunamente aportadas al proceso, conforme a lo dispuesto en el artículo 164 del Código General del Proceso. Este principio de necesidad probatoria se manifiesta en la carga demostrativa que recae sobre las partes, de acuerdo con las reglas establecidas en el artículo 167 de la misma normatividad. No obstante, no basta con satisfacer dicha necesidad, pues cada medio de prueba debe ser pertinente, conducente y útil para el propósito legal, esto es, para acreditar el objeto de la pretensión o de la excepción de mérito, según corresponda. Son los tres pilares fundamentales para demostrar el hecho en la respectiva condiena judicial.





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