#¿Cómo crear un pagaré?




El pagaré financiero


 En Colombia es un documento financiero que obliga al deudor a pagar una suma de dinero determinada a un acreedor. Está reconocido por la Ley 527 de 1999, según la cual los pagarés pueden tener un plazo máximo de dos años y deben contener algunos elementos básicos para ser válidos, como el lugar de celebración, el nombre y la dirección del deudor y acreedor, la cantidad debida, la fecha de vencimiento y la firma del deudor. Estás reglas son consonantes con los requisitos de los artículos 621 y 709 del Código de Comercio.


Como se trata de pagarés financieros el negocio causal corresponde a un mutuo mercantil, actividad principal de las entidades del ramo. 


Transferencia o endoso en propiedad


Además, según la ley colombiana, el pagaré puede ser transferible a un tercero. Es importante notar que un pagaré en Colombia no es lo mismo que un cheque, ya que el primer documento está sujeto a las normas establecidas en la ley. 


Acciones cambiarias


El incumplimiento de un pagaré también se rige por la ley 527 de 1999, según la cual el acreedor tendrá derecho a iniciar acciones legales si el deudor no cumple con sus obligaciones. Dichas facultades son las acciones cambiarias directas, de regreso o de recobro en consonancia con los previsto en los artículos 780 a 782 del Código de Comercio.


En resumen, el pagaré en Colombia es un medio legalmente reconocido para garantizar que una persona o empresa cumpla con sus obligaciones financieras.

Entradas populares de este blog

EL TENEDOR LEGÍTIMO DE UN TÍTULO VALOR

TÍTULO EJECUTIVO COMPLEJO

Historia de los títulos valores

LAS ACCIONES CAMBIARIAS Y LOS TERMINOS DE PRESCRIPCIÓN

La obligación de dar en los títulos valores

La naturaleza jurídica de los títulos valores

Negocio causal, fundamental u originario. en los títulos valores

LA EQUIDAD EN EL DERECHO ROMANO

Endoso en garantía o en prenda

Endoso en propiedad. Endoso completo/ endoso en blanco

Translate

SUSCRÍBASE