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Mostrando entradas de octubre, 2023

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Cobro ejecutivo de perjuicios, obligaciones alternativas, de dar, hacer ...

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Ejecución por perjuicios estimatorios  El acreedor tiene la opción de demandar el pago de perjuicios desde el inicio del proceso ejecutivo, ya sea por la   no entrega de bienes muebles o de género distintos de dinero, o por la ejecución o no ejecución de un hecho . Estos perjuicios deben ser estimados y especificados bajo juramento si no figuran en el título ejecutivo, indicando una cantidad como principal y una tasa de interés mensual para que la ejecución proceda por una suma líquida de dinero (CGP art. 428). Significa que el acreedor en vez de pedir el cumplimiento de la   obligación de dar, hacer y no hacer   se limita al cobro de los perjuicios pactados en el título ejecutivo o los que   estime.   La estimación de perjuicios autorizada por el artículo 428 debe cumplir las reglas del artículo 206 del Código General del Procesal Civil. Ejecución por perjuicios compensatorios subsidiaros Cuando el demandante pretenda que la ejecución prosiga por perj...
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Formas de aceptar la factura comercial Una de las reglas requeridas para la eficacia de la factura es la de la aceptación de su contenido por parte del adquirente del servicio o de las mercaderías. Siendo suficiente para ello el hecho de haber recibido el instrumento según el artículo 774 del Código de Comercio. El numeral 2º de esta norma dice que: “La fecha de recibo de la factura, con indicación del nombre, o identificación o firma de quien sea el encargado de recibirla según lo establecido en la presente ley.” Una vez recibida la factura comercial, de acuerdo con los incisos 2º y 3º del artículo 773 del Código de Comercio, modificado por las Leyes 1231 de 2008 y 1676 de 2013, el beneficiario del servicio o comprador no puede alegar la " falta de representación o la indebida interpretación " de la persona que recibe la mercancía o el servicio en sus dependencias.   De tal surte que, frente al instrumento cambiario recibido, el beneficiario o comprador puede optar bien acep...

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