Entradas

Mostrando las entradas etiquetadas como carta de porte

Entrada destacada

Cobro ejecutivo de perjuicios, obligaciones alternativas, de dar, hacer ...

Imagen
Ejecución por perjuicios estimatorios  El acreedor tiene la opción de demandar el pago de perjuicios desde el inicio del proceso ejecutivo, ya sea por la   no entrega de bienes muebles o de género distintos de dinero, o por la ejecución o no ejecución de un hecho . Estos perjuicios deben ser estimados y especificados bajo juramento si no figuran en el título ejecutivo, indicando una cantidad como principal y una tasa de interés mensual para que la ejecución proceda por una suma líquida de dinero (CGP art. 428). Significa que el acreedor en vez de pedir el cumplimiento de la   obligación de dar, hacer y no hacer   se limita al cobro de los perjuicios pactados en el título ejecutivo o los que   estime.   La estimación de perjuicios autorizada por el artículo 428 debe cumplir las reglas del artículo 206 del Código General del Procesal Civil. Ejecución por perjuicios compensatorios subsidiaros Cuando el demandante pretenda que la ejecución prosiga por perj...

Carta de porte y conocimiento de embarque

Imagen
Por Lucas Meneses Ch Para comprender mejor los títulos valores carta de porte y conocimiento de embarque es pertinente distinguir algunos conceptos relacionados con el negocio causal. Nos referimos al contrato de transporte marítimo y aéreo de cosas.

Entradas populares de este blog

LA EQUIDAD EN EL DERECHO ROMANO

LAS ACCIONES CAMBIARIAS Y LOS TERMINOS DE PRESCRIPCIÓN

Historia de los títulos valores

EL TENEDOR LEGÍTIMO DE UN TÍTULO VALOR

Endoso en garantía o en prenda

¿Tiene validez la firma de una persona ciega en un título valor?

La naturaleza del título valor y su estructura

TÍTULO EJECUTIVO COMPLEJO

Negocio causal, fundamental u originario. en los títulos valores

La excepción fundada en el negocio causal o subyacente

Translate

SUSCRÍBASE